23.6.08

DEBATE O PODER

Por: Mario Luis Pennella

Es paradójico que la Sra. Presidenta señala que será imposible reducir la pobreza sin la cooperación de los que más tienen, sin embargo el gobierno se embarca en una obra pública faraónica como lo es el tren bala, cuyos beneficios no llegaría a los argentinos que están en la pobreza o la extrema pobreza.

Una vez mas el gobierno utiliza a los más pobres para justificar una medida injustificable, que de por sí se les había ido de las manos.
La pobreza de ningún modo se podrá erradicar combatiendo la producción precisamente y apelar a la demagogia discursiva, sino incentivando la inversión que a la postre crea mas trabajos.

Otro aspecto demagógico de la Sra. Presidenta se advierte cuando expresa que las obras públicas derivadas de los aumentos de las retenciones, serán acordadas con los gobiernos provinciales o locales, ya que detrás del pretendido federalismo, están ocultos los mayores niveles de: centralismo, unitarismo y clientelismo, que acompaña la coptación política desde el gobierno nacional.

Si el gobierno quiere ejercer federalismo; debería reducir las retenciones, las cuales no son coparticipables con las provincias, para que el campo aporte una mayor recaudación en concepto de impuesto a las ganancias, que sí coparticipa, entre gobierno y provincias.
Pero la obviedad del gobierno kirchnerista refleja que no tiene nada de federalista, sino que sustenta poder en la concertación de las decisiones y de los recursos tributarios.

El Congreso Nacional deberá debatir no por supuesto en las "carpas o tiendas de campaña política"

He aquí lo que dice la Justicia, a través de la Sra. Jueza Liliana Heiland:

NI UN DECRETO DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL, NI MENOS AÚN UNA RESOLUCIÓN DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, PUEDEN - SIN SUSTENTO LEGAL-CREAR NI MODIFICAR VÁLIDAMENTE LOS ELEMENTOS ESCENCIALES DE UNA CARGA TRIBUTARIA.

Para la Sra.Jueza Liliana Heiland, se trata de una competencia del Congreso de la Nación, el dictado de las retenciones " con arreglo al principio de la legalidad tributaria únicamente, el Poder Legislativo, por medio de una norma jurídica con la naturaleza de la LEY formal pueda establecer tributos, defendiendo sus elementos excenciales, debiendo además, hacerlo en forma clara. Solo la LEY definirá tanto el monto o cuantía de la obligación como los sujetos pasivos, ya sea a título de contribuyente y/o responsable."

Sobre esta cuestión deberá discutirse y no por el contrario como afirmara el Jefe de Gabinete, Sr. Alberto Fernández, quien afirmó su posición contraria al decir que las retenciones no son impuestos, siendo falaz su apreciación, por cuanto el mismo está vinculado a el impuesto aduanero, que impusiera un gobierno de facto (Gral. Onganía) el cual muestra su inconstitucionalidad.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 23 de junio de 2008.